La destrucción de expedientes judiciales se realiza anualmente en cumplimiento de lo dispuesto por la ley Nº 4223 de “Expurgo y Destrucción de Documentos del Archivo de Tribunales” y la Acordada Nº 15/25 de la Suprema Corte de Justicia.
Luego que el Archivo de Tribunales determina los expedientes que se encuentran en condiciones de ser destruidos, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 4223, se da participación a la Dirección del Archivo Histórico y de Antropología de la Provincia para que emita opinión sobre los que no pueden ser destruidos, en cuyo caso se los entrega para su guarda.
Posteriormente, se pone a disposición del público para consulta el listado de expedientes y, cumplido ese periodo de tiempo, los documentos que serán destruidos son entregados en donación a APACCE.
Cabe destacar que, tanto los catálogos de destrucción como los de conservación son realizados de manera minuciosa por parte del personal de Archivo del Poder Judicial y su resguardo y conservación se hacen en soporte papel e informático.