En pleno marco del Día Mundial de la Hipertensión Arterial, que se conmemora el 17 de mayo, desde la Sociedad Argentina de Cardiología expresaron su preocupación por el aumento de la prevalencia de la hipertensión arterial en los últimos 10 años y, en consecuencia, el incremento de mortalidad y del desarrollo de patologías asociadas. Se la considera como el principal factor de riesgo para desarrollar enfermedades cardiovasculares.
La prevalencia de la hipertensión arterial en Argentina en individuos mayores de 18 años es de un 36,3%, o sea prácticamente 4 de cada 10 personas de ese grupo etario son hipertensas. De acuerdo con las proyecciones del último censo del año 2022 y la 4a Encuesta Nacional de Factores de Riesgo, existen cerca de 12 millones de hipertensos, de los cuales, dos tercios son menores de 65 años y con mayor impacto en los estratos sociales más humildes.
“Llamativamente, representa una de las enfermedades más sencillas de diagnosticar, ya que puede ser detectada por el propio individuo en su domicilio, realizando controles con un tensiómetro validado, si sus promedios de mediciones se encuentran iguales o superiores a 135/85mmHg, debe consultar al especialista para confirmar esta enfermedad”, sostuvo la Dra. Analía Aquieri, médica cardióloga, Directora del Consejo Argentino de Hipertensión Arterial de la Sociedad Argentina de cardiología (SAC).
“Siempre se deberá comenzar introduciendo cambios en los hábitos alimentarios y de estilo de vida y, de ser necesario, dependiendo de cada caso, ir incorporando las medicaciones antihipertensivas. Sin embargo, el subdiagnóstico y la cantidad de pacientes que no tiene su enfermedad bajo control siguen siendo altísimos”, afirmó la Dra. Aquieri.
El origen de la hipertensión arterial se atribuye a múltiples factores, entre los se destacan los no modificables, como la herencia (padres o hermanos hipertensos) y la edad (aumenta con el paso de los años), y aquellos que sí pueden modificarse, como -entre otros- el sobrepeso y la obesidad, el consumo excesivo de sal y/o alcohol, el tabaquismo, el sedentarismo y el uso prolongado de algunos medicamentos, como los corticoides, descongestivos nasales y analgésicos.
Su presencia es el factor de riesgo más importante en la incidencia de enfermedad coronaria, infarto agudo de miocardio, insuficiencia cardíaca, accidente cerebrovascular e insuficiencia renal, siendo el factor de riesgo de mayor impacto directo, responsable de 1 de cada 3 eventos.
“Lo más alarmante de esta condición es que 4 de cada 10 hipertensos desconoce su condición y solo 2 de cada 10 hipertensos están adecuadamente controlados y tratados”, consignó la Dra. Aquieri.
“Para entender la magnitud del problema basta con decir que si en la Argentina pudiéramos lograr que tuvieran bajo control su enfermedad en lugar de un 20% un 50% de los hipertensos -objetivo poco ambicioso, por cierto- podrían prevenirse en 10 años nada menos que 65.611 muertes (47.968 por enfermedad coronaria y 17.643 por ACV) de acuerdo con proyecciones de la Organización Panamericana de la Salud (OPS)”, alertó el Dr. Víctor Mauro, Presidente de la Sociedad Argentina de Cardiología.
Lograr un descenso de 10 mmHg de presión arterial sistólica (máxima) y 5 mmHg de presión arterial diastólica (mínima) genera una disminución del 20% de la posibilidad de desarrollar enfermedad coronaria, 40% de insuficiencia cardíaca y 35% de ACV, lo que equivale a decir que podemos reducir la morbimortalidad de 2.500.000 personas en 10 años.
“El problema no solo radica en la elevada mortalidad. En nuestro país, el indicador de los años perdidos por discapacidad (una forma de medir la carga de una enfermedad determinada en la población) ha aumentado en los últimos 18 años de 240 a 268 cada 100.000 habitantes”, graficó el Dr. Mauro.
Desde la Sociedad Argentina de Cardiología hicieron un llamado a la comunidad en general y a las autoridades sanitarias involucradas en la provisión de salud de la población, destacando la importancia de proteger la salud de los argentinos. ‘Todos los actores involucrados en la problemática de la salud debemos adoptar un compromiso real para evitar esta verdadera endemia y diseñar políticas de estado para comenzar a revertirla. De lo contrario, cada 17 de mayo seguiremos hablando de lo mismo’, concluyeron.
La Legislatura de Jujuy, en la cuarta sesión ordinaria, aprobó las leyes N° 6387, N° 6388 y N° 6389 declarando como monumento natural provincial a la especie Águila Poma; de declaración de emergencia pública en materia de violencia de género y de ratificación del decreto-acuerdo N° 467-G-24, respectivamente.
La ley de declaración de emergencia pública en materia de género tiene como objeto profundizar las diferentes medidas urgentes y necesarias implementadas en la provincia con la finalidad de prevenir y erradicar la violencia de género en todas sus manifestaciones. Al igual que su antecedente, ley N° 6168 (Iara) tiene una vigencia de dos años con la posibilidad de ser prorrogada por la autoridad de aplicación, el Consejo Provincial de Mujeres, la Igualdad de Género y el Respeto a las Diversidades).
En relación al presupuesto, el artículo 2° establece que se asignan partidas presupuestarias necesarias fijadas en la ley de presupuesto, de los recursos provenientes de leyes y/o subsidios provinciales y/o nacionales y de los recursos provenientes de legados, donaciones, contribuciones, programas y aportes de personas humanas y/o jurídicas, públicas o privadas, estatales o no, nacionales, provinciales, municipales o internacionales.
Asimismo, posibilita el acceso prioritario a la vivienda a través la coordinación entre la autoridad de aplicación y el Instituto de Vivienda y Urbanismo de Jujuy a partir de programas a mujeres y personas del colectivo LGTBIQA+ que sean jefas de hogar con hijos a cargo y que se encuentren en situación de violencia.
También instituye que todo agente público de las fuerzas de seguridad que se niegue u obstaculice la recepción de una denuncia y no diera curso inmediato a las denuncias sobre personas extraviadas o desaparecidas será pasible de una sanción de expulsión de las fueras si se acreditara su responsabilidad. Asimismo, establece que todo funcionario con condena firme por delitos cometidos en ocasión de violencia de género o por ser perpetrados en razón de su orientación sexual, identidad y expresión de género quedará inhabilitado para ejercer la función pública.
De igual manera, se insta al Consejo Provincial de Mujeres, la Igualdad de Género y el Respeto a las Diversidades a informar a la Legislatura, cada año, las acciones realizadas.
En relación, Mariela Ortíz, miembro informante, explicó “el Estado tiene un rol central en la creación de políticas públicas para la sociedad. Esto se ve plasmado en la voluntad del gobernador, Carlos Sadir, en reconocer la emergencia en violencia de género. El camino que se transitó no fue fácil porque la violencia de género no solo afecta a las mujeres que la sufren, sino que impacta de manera profunda en las familias, en los padres y en los hijos que sumidos en el dolor deben asumir pérdidas irreparables”. Para finalizar, la legisladora agregó “como le pasó a Mónica, madre de Iara, que a pesar del dolor y ausencia de su hija asumió el compromiso de la lucha acompañando a todas las familias que sufren violencia de género.
Porque sabemos de la responsabilidad innegable que tiene el gobierno en materia de violencia de género, como ya se manifestó y se votó por unanimidad, pedimos el acompañamiento de los diferentes bloques para la sanción del proyecto, con el convencimiento de que a 40 años de la democracia, nos ocupa como política acelerar la transformación cultural para derribar desigualdades, inequidades de género y las violencias”.
Por su parte, la legisladora Patricia Armella señaló “reconocer el trabajo que viene haciendo la mamá de Iara, y reconocer que esta ley es el fruto de la lucha de muchas mujeres y colectivos en un año muy difícil para Jujuy, como lo fue el 2020, con los femicidios. Era una situación que marcaba un antes y un después donde se reclamaba la intervención concreta con políticas públicas. Queda mucho por trabajar. No disentir mucho en las expresiones y en el trabajo que viene realizando el ejecutivo provincial, donde tenemos que destacar el orden constitucional que se le dio al Consejo de la Mujer. Todo lo que pueda hacer va a ser insuficiente, porque también hay programas que se afectaron a nivel nacional y que venían destinados a esta problemática. Mis solidaridad a la presidenta del Consejo de la Mujer que asistió a esta Legislatura cuando se lo requirió”
.ÁGUILA POMA, MONUMENTO NATURAL PROVINCIAL
En relación de la ley N° 6387, el miembro informante, Daniel Ruiz, argumentó que durante muchos años fue depredada en su ambiente forestal que ocupa las yungas, los bosques montanos. Desde hace muchísimo tiempo organizaciones ambientales la declararon en peligro de extinción; en el 2017 el Ministerio de Ambiente también lo hizo. Se desarrollaron proyectos que tienen que ver con su seguimiento, estudio de ambiente, ecología y reubicación de especies. Esta ley tiene como objeto conservar y preservar el águila”.
El Águila Poma mide entre 64 y 74 cm de largo, tiene una cresta aguda, alas anchas y proporcionalmente largas, y su cola tiene punta negra ancha y una franja ancha color gris pálido en la parte media. Desde 1958 y durante casi 30 años no se supo nada sobre su presencia, llegando a considerarla exista. En 1987 se la detectó nuevamente en Calilegua.
El diputado de la Unión Cívica Radical (UCR) por Jujuy, Jorge Rizzotti, desató una polémica al afirmar que algunos de sus colegas fueron influenciados por la Tabacalera Sarandí durante la votación de la Ley Bases.
“El tema de la discusión del famoso Impuesto al Tabaco, la verdad que es la discusión del impuesto que es del 70% al 73%, que es lo único que cambia, nadie discutió de eso. Acá el tema era ‘Che, ¿qué hacen en Sarandí, paga o no paga? Era el lobby, porque Sarandí los unta. Hay diputados que están untados, así de claro”, acusó el legislador nacional en el streaming “Política a las brasas”, transmitido por el canal Coya TV.
Tabacalera Sarandí es propiedad del empresario Pablo Otero, también conocido como el “Señor del Tabaco”. Esta acusación surge en medio de la discusión sobre la inclusión del impuesto en el proyecto de ley, del cual se había retirado previamente.
La votación del artículo en cuestión fue objeto de intensos debates y controversias: un grupo de la oposición logró imponer su posición para incluir el capítulo que había sido previamente eliminado. La propuesta fue respaldada por la Coalición Cívica, con el apoyo de un sector del radicalismo y del bloque Innovación Federal, liderado por diputados afines a los gobernadores de Salta y Misiones.
La inclusión del impuesto al tabaco se impuso con 82 votos a favor, 77 en contra y un notable registro de 69 abstenciones, lo que generó una decepción para el sector de La Libertad Avanza. Rizzotti, aludiendo a los posibles intereses detrás de la votación, enfatizó que la discusión no se centró en el aumento del impuesto, sino en las acciones de la Tabacalera Sarandí y su presunto lobby sobre los legisladores.
Jorge Rizzotti, diputado nacional de la UCR por la provincia de Jujuy
El diputado jujeño advirtió sobre las posibles consecuencias del aumento del impuesto al tabaco, argumentando que afectaría principalmente a los consumidores y a los sectores sociales más vulnerables, como los monotributistas. Además criticó la falta de quejas por parte de los fumadores y calificó la situación como “un tema de corrupción”.
“Le va a aumentar el impuesto interno del 70% al 73% al cigarrillo, que lo paga el consumidor, ¿viste algún fumador quejarse? No. Te pensás que con ese aumento va a dejar de fumar, no te toca. Esto era curro, es corrupción. Ese debate que se dio en el Congreso es mentiroso”, manifestó el diputado nacional por Jujuy.
Y agregó: “Yo lo que digo ahí es ¿quiénes votan y quiénes no? Listo, ya está, no discutamos más, el que está a favor quiere que Sarandí pague y el que no, no”.
Si la ley es finalmente sancionada, se eliminará el componente fijo del impuesto a los cigarrillos, que está actualmente judicializado por Tabacalera Sarandí. Paralelamente se elevará la alícuota del impuesto variable del 70% al 73%, se incorporarán precios de mercado referenciales y se añadirá un cálculo de sanciones basado en los precios de mercado relevados.
Los defensores de estas modificaciones estiman que podrían aumentar la recaudación impositiva en casi 1.000 millones de pesos al año. La figura de Pablo Otero, propietario de Tabacalera Sarandí, ha sido señalada como el principal beneficiario del régimen actual y se lo ha acusado de ejercer influencia sobre legisladores de diversos bloques para evitar cambios legales.
Este jueves se reanudará el debate de la Ley Bases y el paquete fiscal en la Cámara de Senadores (Franco Fafsuli)
Continúa el tratamiento en el Senado
Las comisiones de Legislación General -cabecera, que comanda el libertario Bartolomé Abdala-; Presupuesto y Hacienda; y Asuntos Constitucionales del Senado intentarán finalizar este jueves la escucha de expositores para la Ley Bases y el paquete fiscal. El debate se reanudará a las 10.30.
A pesar de los mensajes optimistas que parten desde la Casa Rosada para presionar a la Cámara alta, la fuerza gobernante se mueve en un escenario complejo. La oposición dialoguista aprovechó la ventana para dilatar el debate y ralentizar la presentación de propuestas finales que deberá evaluar el oficialismo.
Teniendo en cuentas las bajas temperaturas que se vienen sucediendo en nuestra provincia un grupo de voluntarios entregara en la tarde noche de este jueves en la zona de la vieja terminal de ómnibus de San Salvador de Jujuy una bebida caliente a las personas que se encuentran en situación de calle, la actividad es absolutamente solidaria y nace de un grupo de personas que intentan de esta manera ayudar a quienes pasan frio.
Sobre esta actividad Belén Orellana una de las promotoras de esta acción expreso lo siguiente “esta es una actividad absolutamente solidaria nos nace ayudar al ver la necesidad de las personas, nosotros mismos que a veces pasamos por un colectivo, por alguna zona donde vemos gente que está en situación de calle o agarramos el celular y vemos videos de personas que están pasando necesidades y uno empatiza con eso.”
En Alto Comedero- continuo Belén- hace un par de años realizamos una actividad similar a la que vamos a concretar ahora, allí poníamos una olla, nosotros llevábamos las cosas y los chicos venían con unas jarritas entregando algo caliente a las personas necesitadas en temporada de invierno. Ahora estamos retomando esta idea de nuevo en esta estación, dije vamos con todo y justo sale que esta semana donde empezamos el frío. Decidimos este jueves comenzar esta campaña, empezamos hace más o menos una semana atrás por redes sociales invitando a amigos, conocidos, grupos personas que no conoces y la gente se fue sumando de a poco.
Por ultimo Belén Orellana señalo “vamos a estar aproximadamente a las 19 horas en la zona de la vieja terminal de ómnibus con los termos repartiendo un té, un mate o un cafecito con nuestros termos a los más necesitados, la idea es también en un futuro replicar esta actividad en Pálpala”. Concluyo
Una mujer de Córdoba es la protagonista de la primera demanda en la Argentina contra AstraZeneca
Los tribunales argentinos ya recibieron la primera demanda pública contra la vacuna AstraZeneca, que hace unas semanas reconoció frente a un tribunal británico que su vacuna del COVID-19 puede causar efectos secundarios poco comunes. La protagonista es una mujer que demandó por daños y perjuicios a la firma AstraZeneca y al Estado Nacional y reclama una suma millonaria: sostiene que inmediatamente después de haberse dado la vacuna de esa marca sufrió Síndrome de Guillain Barré, un trastorno que afecta el sistema inmunitario del organismo, ataca los nervios y puede provocar la paralización de todo el cuerpo.
Aunque se difundió recién ahora, el reclamo comenzó mucho antes de que en Europa se conociera el reconocimiento de AstraZeneca y el retiro de partidas de su circulación. El reclamo de Flavia Ochoa, de 39 años, oriunda de Coronel Moldes, en el sur de la provincia de Córdoba, se inició primero en un trámite administrativo ante el Ministerio de Salud. Sin conseguir respuestas, llegó ahora a los tribunales federales de Río Cuarto, donde además se busca que se declare la inconstitucionalidad de uno de los artículos que de la Ley de Vacunas para generar inmunidad contra el COVID por las condiciones de indemnidad patrimonial respecto de indemnizaciones.
El abogado Pablo Roca, representante de la mujer, sostuvo ante Infobae: “Acá hubo un daño a la fe pública y al sistema de salud en general provocado por AstraZeneca”. La demanda reclama resarcimientos por distintos daños: 7,4 millones de pesos por incapacidad sobreviniente; 25,3 millones de pesos por fondo de reparación Ley 27.573; 9,3 millones de pesos por proyecto de vida-pérdida de chance; 7,5 millones de pesos por daño moral; 1,5 millones de pesos por daño moral de la pareja; 49,5 millones de pesos por daño punitivo y 180.000 pesos por daño emergente.
El caso recayó ante el juez federal de Rio Cuarto Carlos Ochoa -del mismo apellido que la mujer víctima, pero sin relación-. El magistrado corrió vista a la fiscalía para que opine sobre la competencia de la causa. Fuentes judiciales indicaron a este medio que se aguarda esa respuesta a la hora de definir el rumbo del expediente.
Demanda contra la vacuna en Argentina /archivo Europress
Qué dice la demanda
“El día 04 de Enero de 2022 a las 11:30 hs., siguiendo fielmente las recomendaciones de ‘expertos’, acudí al centro de vacunación de Coronel Moldes que funcionaba en la casa de la historia y de la cultura, y me inocule la 3ra. dosis de la vacuna contra el Covid 19, marca ASTRAZENECA lote 77946, la inoculación la suministró el lic. en enfermería Pascheta, Franco Mat. 1-3078. A posteriori a las 19:30 Hs. del mismo día comencé con calambres fuertes, se me aflojaban las piernas, luego me tuve que acostar temprano por los fuertes dolores que padecía, al otro día no pude ponerme de pie, me caí en peso muerto, tuvo que levantarme mi pareja. Consultando a mi médico de cabecera, la doctora. me dijo que podía ser un efecto adverso de la vacuna que me había inoculado, pues cuando acudí al hospital de mi pueblo (Coronel Moldes) me confirmaron que se trataba de una reacción a la vacuna”, comienza.
Los médicos le dieron “decadrón y diclofenax” para mitigar por el fuerte dolor que sufría. Solo podía mover un poco las piernas. Se le dormían los brazos. Al día siguiente volvió al médico. Le dieron suero. La derivaron a un sanatorio privado. Radiografías, tomografías, punciones lumbares, análisis bioquímicos. El diagnóstico indicó “síndrome de Guillain Barré con cuadriparesia”. El neurólogo le avisó que estaría dos meses en silla de ruedas y un tratamiento de rehabilitación.
Hasta el día de hoy sigue en rehabilitación, caminando con andador y extrema debilidad en los miembros inferiores. Ya pasaron casi dos años. Incontinencia, fuertes dolores en la espalda, rodillas migrañas, mareos, náuseas y depresión. “Según mis médicos, ya no tendré mejorías en el futuro, debo lidiar con esta situación incapacitante de por vida”, afirmó.
El planteo de daños incluye a su marido como víctima. “Resulta evidente, que el abrupto menoscabo en mi calidad de vida es fruto de la realidad que por la que atravieso; pues vivo y sufro día a día los padecimientos de la incapacidad de mi pareja. Tenemos un hijo de solo cinco años, en momento me siento totalmente vencido y superado por la situación. Debo afrontar las arduas tareas del hogar, y más aún cuando la carencia de recursos configuran un impedimento a la hora de tomar decisiones, como por ejemplo, el hecho de poder someter a mi pareja a un tratamiento intenso de rehabilitación. Como pareja y padre, mi objetivo es agotar todas las vías a los efectos de mejorar mi calidad y la de mi familia”, añadió.
En enero de 2023 la comisión médica N° 033 Localidad Río Cuarto, en virtud de Retiro por Invalidez solicitado, dictaminó que posee una Incapacidad del 75,60% de incapacidad laboral, que dicho dictamen conforme las normas de Evaluación, Calificación y Cuantificación del Grado de Invalidez. En esos trámites se afirmó que la incapacidad fue producto de la vacuna. “Refleja mi incapacidad para mi vida laboral y de desarrollo personal, pues soy una persona humilde y se me arrebató mi único CAPITAL, mi salud y mi fuerza para sobreponerme a las adversidades”, dijo la mujer al dar detalles de esos documentos.
Vista de unas vacunas de AstraZeneca contra la covid-19 en una fotografía de archivo. EFE/ Carlos Ortega
“La inoculación fue producto de la gran presión social, laboral, de los medios de comunicación y coacción ejercida desde el mismo ESTADO, pues no tuve otra opción que inocularme, de lo contrario perdía mi trabajo”, afirma la demanda. “Confíe en el consejo de los ‘expertos’, por esa errónea decisión de inocularme, perdí mucho más que mi trabajo, me arrebataron la vida, soy madre de un nene de 5 años, jamás fui informada y tampoco se me advirtió que podría sufrir efectos adversos, como asimismo de los riesgos /beneficios de la inoculación, no hubo un verdadero consentimiento de mi parte, solamente nula información y coacción”.
Según se sostuvo, “el llamado pasaporte sanitario fue lisa y llanamente un instrumento de intimidación en los términos del Art. 276 C.C.C.”. Y agregó: “Así, en ese contexto me inoculé una droga experimental que posee cláusula de indemnidad patrimonial y confidencialidad del contenido de los viales, pues la primera impide acciones contra sus fabricantes, la segunda conocer acabadamente el contenido de los viales, se violó flagrantemente mi consentimiento informado, se me acorraló entre dos opciones, o me inoculaba o caso contrario se me decretaba la muerte civil”.
En ese sentido, el documento aseveró: “El Estado actuó de manera negligente y culpable, rozando el dolo eventual, ya que obró de mala fe desconociendo y haciendo caso omiso a todas las garantías que requiere la inoculación de drogas experimentales, violando todos los tratados internacionales vigentes, priman los intereses del mercado frente las obligaciones con los ciudadanos y el respeto a los tratados Internacionales. El Propio Anthony Fauci reconoce que una vacuna ARMN necesita al menos de una década para ser segura”.
La presentación afirmó además: la llamada cláusula de Indemnidad de la ley de vacunas “impide el ejercicio de mi derecho a peticionar a las autoridades establecido en el Artículo 14 de nuestra Constitución Nacional”. Es que “el acceso al órgano jurisdiccional debe garantizarse aún más en el particular, ello debido a que las Vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra el Covid-19, forman y formaron parte de un ensayo clínico, así lo establece la Resolución N° 2540/2021 del Ministerio de Salud de la Nación, publicada en el Boletín Oficial de la Nación con fecha 20/09/2021″.
FUENTE: INFOBAE
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