En el marco de las acciones previstas por el COE y con el propósito de asegurar a la población la provisión alimentos, elementos de higiene personal, de limpieza y medicamentos, indispensables para la subsistencia de los habitantes de la Provincia de Jujuy,
el Ministerio de Desarrollo Económico y Producción resolvió dictar la resolución N° 20 SDIyC/2020 para regular la atención de los comercios.
En ese sentido faculta a la Secretaría de Desarrollo Industrial y Comercial a disponer la apertura en horario comercial de los locales y puestos que tengan a la venta alimentos, elementos de higiene personal, elementos de limpieza y medicamentos ubicados en todo el territorio jujeño, a los fines de garantizar el abastecimiento de dichos insumos a la población.
Quedan incluidas en la disposición anterior, aquellos locales y puestos ubicados en ferias y galerías.
Estos locales deberán dar estricto cumplimiento a las medidas de seguridad dispuestas por el Comité Operativo de Emergencias, con relación a la distancia mínima entre personas, cantidad de personas habilitadas a permanecer en el local, disposición de elementos de higiene para clientes, bajo apercibimiento de aplicar las multas pertinentes.
Además, se solicita la colaboración a los inspectores de las Oficinas de Defensa del Consumidor e inspectores de la Dirección Provincial de Control Productivo y Comercial, y al personal de la Policía de la Provincia, a los fines de garantizar la correcta aplicación de las medidas dispuestas.
Asimismo se faculta a los Municipios a adherir a la presente Resolución, a fin de garantizar en todo el territorio jujeño, lo dispuesto por la presente normativa. Así quienes adhieran, deberán designar el personal que llevará a cabo las tareas de inspección y fiscalización, previa comunicación a la Secretaría de Desarrollo Industrial y Comercial.