El Tribunal en lo Criminal N° 2 condenó a 4 integrantes de la empresa Monterrico S.A., que elaboraba y comercializaba los cigarrillos marca C.J,
por la administración fraudulenta del patrimonio de la misma, hechos que fueron cometidos entre los años 2009 y 2013.
Se trata de Ramón Toribio Cayon, Luís Rubén Casasco, Daniel Fernando Jerez Mendoza y Patricio Wilfred Lyons, a los que les aplicó la pena de 3 años de prisión de ejecución condicional por ser coautores materiales y responsables del delito de “Administración fraudulenta”.
Asimismo, les impuso una inhabilitación especial para cubrir cargos y/o empleos del mismo género por el tiempo que dure la condena.
El veredicto dictado por las juezas Cecilia Sadir -presidente de trámite-, Laura Flores y el juez Mario Ramón Puig, fue dado a conocer ayer, 20 de diciembre de 2021, por el secretario del Tribunal Dr. José María López García.
La acusación
De acuerdo con el requerimiento de citación a juicio formulado por el Ministerio Público de la Acusación, el primer hecho ocurrió en el periodo comprendido entre los años 2009 hasta 2012, cuando los imputados Cayón, Casasco, Lyons y Mendoza realizaron bonificaciones a favor de determinados distribuidores de cigarrillos "CJ' por un valor de $ 3.416.192,64.
La operatoria se llevó a cabo sin documentación que la respalde, en perjuicio patrimonial de Monterrico S.A y en beneficio de siete firmas comerciales.
El segundo delito tuvo lugar en el periodo de los años 2009 hasta el mes de abril de 2012, cuando los imputados Cayón, Casasco, Lyons y Mendoza incumpliendo con los deberes que le demandaban sus cargos libraron cheques contra la cuenta corriente de de una sucursal del Banco Macro S.A. de la ciudad de Córdoba.
Tal proceder fue realizado sin que exista en Monterrico S.A. documentación respaldatoria de la emisión de esos cheques, el destino de los mismos, ni rendición de cuentas de los fondos asignados y los conceptos destino de tales fondos.
De esta forma la cuenta corriente bancaria fue utilizada en forma irregular y poco clara, con una inadecuada administración de los fondos confiados a los imputados, lo que habría provocado un grave daño patrimonial a la sociedad por un valor de $ 3.138.567,36.
Pago de facturas
Otro de los hechos sucedió el 1 de febrero de 2013, cuando un proveedor de Monterrico S.A. emitió una factura en concepto de impresión corte de paquetes de estampillas por el monto de $ 18.000.
Esto dio inicio al procedimiento de pago para lo cual se efectuaron las correspondientes retenciones en concepto de Ingreso Brutos e impuesto a las Ganancias, por lo que quedo una suma de $ 17.430 a favor del proveedor.
Luego, se emitió un cheque del Banco Macro sucursal Monterrico, el que fue librado por el imputado Lyons.
Posteriormente, tras solicitar informe a la entidad bancaria se detectó que el cheque no fue librado a favor del titular de la factura, sino al portador y que el mismo fue cobrado en ventanilla por el imputado Daniel Mendoza.
Con el mismo modo de operar, se estableció que en marzo de 2013 se emitió una nueva orden de pago por $ 17.430,58 a nombre del mismo proveedor, y luego se liberó un cheque por dicha suma al portador, firmado por Lyons, y cobrado por el imputado Daniel Mendoza.
Toda esta operación se realizó sin el debido control de administración por parte de los acusados Ramón Cayón y Luís Casasco, causando así un perjuicio patrimonial a Monterrico Sociedad Anónima.
Alegatos
El Fiscal ante el Tribunal, Dr. Diego Cussel, solicitó en su alegato la pena de 3 años de prisión de ejecución condicional para los acusados; mientras que el abogado querellante, Dr. Fernando Manuel Zurueta pidió la pena de 6 años de prisión efectiva.
Los abogados defensores fueron el Dr. Humberto Torrejón, que requirió la absolución o subsidiariamente la absolución por el beneficio de la duda para Daniel Mendoza; el Dr. Diego Roldan Ruiz Díaz, solicitó la absolución o subsidiariamente la pena de ejecución condicional para Ramón Cayón y Luís Casasco; mientras que el Dr. Leandro Salinas Saguir, Defensor Oficial del Ministerio Público de la Defensa Penal, pidió la absolución de Patricio Lyons.
Los fundamentos de la sentencia serán dados a conocer dentro del plazo establecido por el Código Procesal Penal de la provincia, a partir de lo cual las partes podrán recurrir ante una instancia superior al Tribunal de juicio.