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Médicos geriatras e infectólogos, entre otras especialidades, llamaron a incrementar los niveles de vacunación en las personas de 65 años o más, ya que, sostuvieron, las coberturas alcanzadas actualmente para ese rango etario están muy por debajo del nivel óptimo.
La afirmación fue realizada en ocasión de la presentación del ‘Documento de consenso sobre el uso de vacunas en personas mayores’ elaborado por la Sociedad Argentina de Gerontología y Geriatría (SAGG), durante el XX Congreso Argentino de Gerontología y Geriatría, realizado recientemente en Mar del Plata.
El Consenso fue el resultado de un trabajo interdisciplinario en el que, además de los miembros participantes de la SAGG, se convocó a representantes de la Sociedad Argentina de Infectología (SADI), la Sociedad Argentina de Vacunología (SAVE), la Sociedad Latinoamericana de Medicina del Viajero (SLAMVI) y otros importantes líderes de opinión. En total, fue elaborado por un panel conformado por diecisiete miembros provenientes de diversas profesiones, especialidades, sociedades científicas, instituciones y regiones del país.
El Dr. Matías Manzotti, médico geriatra y presidente de la Sociedad Argentina de Gerontología y Geriatría (SAGG), destacó al respecto que “la vacunación en las personas mayores es importante para prevenir enfermedades infecciosas, pero también para preservar su funcionalidad y robustez, así como para evitar el deterioro que puede generar una infección en esa etapa de la vida”.
Por su parte, la Dra. Miriam Rozenek, Directora del Consejo de Infectogeriatría de la SAGG y miembro de la comisión de vacunas de la Sociedad Argentina de Infectología (SADI) y de la comisión directiva de la SAGG, afirmó que se busca “empoderar al médico, para que exija que el Calendario Nacional de Vacunación se cumpla y que los vacunatorios sean accesibles en términos de horarios y arquitectura, ya que hablamos de personas mayores; y también queremos empoderar al paciente, que es el destinatario de esta práctica preventiva”.
El Ministerio de Salud Nacional indica a las personas de 65 años o más vacunarse contra la gripe y el neumococo, ya que define estas enfermedades como las “principales causas de complicaciones en esa etapa de la vida”.
Para la vacuna antigripal, el Calendario Nacional de Vacunación (CNV) establece una dosis anual; mientras que, para el neumococo, indica una única dosis de la vacuna conjugada 20 valente reemplazando el esquema secuencial previo. Por otro lado, la vacuna contra la hepatitis B es obligatoria para las personas de cualquier edad.
El Ministerio de Salud en el CNV también incluye la aplicación de la vacuna doble bacteriana, conocida como doble adultos, la cual protege contra la difteria y el tétanos y es de aplicación universal, es decir para todas las edades. Del mismo modo, recomienda a la población en general la aplicación anual de la vacuna contra el COVID-19. Al respecto, el Dr. Manzotti apuntó: “Las vacunas del calendario no necesitan receta ni tienen costo, y están disponibles para toda la población de nuestro país”.
Con relación a la vacuna contra el COVID-19, El Documento de consenso sobre el uso de vacunas en personas mayores de la SAGG menciona que puede aplicarse anualmente junto con la antigripal, excepto en las personas severamente inmunocomprometidas o personas mayores con fragilidad moderada o severa, que deben recibirla cada seis meses.
Mientras que, sobre la vacuna contra la difteria y el tétanos, la SAGG aconseja aplicar una dosis de refuerzo cada 10 años en las personas mayores sin límite de edad, así como una dosis de refuerzo de vacuna triple bacteriana acelular contra la difteria, el tétanos y la coqueluche (dTap) en personas mayores de 65 años en caso de que no hayan sido vacunados previamente con dTap, en reemplazo de una de las dosis habituales de difteria-tétanos
Con la pandemia -afirmó la Dra. Rozenek- “disminuyeron todas las coberturas vacunales, tanto en niños como en adultos. Esto se asocia a emociones negativas relacionadas con el Covid, por lo que la gente dejó de vacunarse no solo para Covid sino también para otras patologías inmunoprevenibles, lo que se refleja en una baja de coberturas en todas las vacunas y en todo el país.
La SAGG también recomienda la vacunación contra el herpes zoster (HZ) en personas mayores y enfatiza la indicación para quienes tienen enfermedades cardiovasculares, respiratorias, hepáticas o renales crónicas, así como para quienes tienen diabetes o presentan inmunocompromiso, son mayores de 70 años. El HZ, llamado popularmente en Argentina ‘culebrilla’, es una enfermedad producida por el virus varicela zoster, el cual tiene la capacidad de permanecer latente durante años y el solo hecho de la edad ‘despierta’ al virus.
Para el Dr. Manzotti, al decidir si aplicar o no una vacuna a una persona mayor, los médicos valoran tanto la edad biológica como la funcionalidad, a veces por encima incluso de la edad cronológica. “A veces estamos frente a una persona que tiene 60 o 65 años y está frágil, y otras veces estamos ante otra de 80 años que hace deporte y es robusta. La edad, si bien es un factor a tener en cuenta, no es el único”, afirmó.
La difteria es una enfermedad infecciosa que afecta frecuentemente las vías respiratorias, mientras que el tétanos es causado por una bacteria que produce una toxina que afecta el sistema nervioso. En tanto, la coqueluche, también llamada tos convulsa o tos ferina, es el resultado de varios factores de virulencia y es muy contagiosa, ya que se propaga a través de microgotas al toser o estornudar.
Otra vacuna recomendada por el Consenso de la SAGG es la del virus sincicial respiratorio (VSR) en mayores de 60 años, especialmente en quienes tienen comorbilidades que incrementan su riesgo de complicaciones respiratorias, como pueden ser las enfermedades cardiovasculares, respiratorias, hepáticas, renales crónicas y diabetes, o quienes fuman. El VSR provoca brotes estacionales de enfermedades respiratorias en los meses más fríos.
“Las enfermedades respiratorias generan un grado de inflamación dentro del organismo que se asocia con eventos cardiovasculares. Al vacunarse, por lo tanto, se contribuye a prevenir también un evento cardiovascular, y -a la vez- estamos previniendo que una persona robusta, entera y funcional tenga que internarse y comenzar a deteriorarse por un evento que es prevenible con una vacuna”, afirmó la Dra. Rozenek.
Por su parte, el Dr. Manzotti agregó que “el Consenso busca visibilizar la necesidad de que los médicos que atienden a personas mayores, no importa cuál sea su especialidad, tengan presente la vacunación como una herramienta de prevención”, aunque también comentó que nuestro país tiene un sistema de salud “fragmentado y heterogéneo, donde algunas provincias tienen bien articulada la vacunación, sobre todo de las vacunas incluidas en el calendario, pero también hay zonas donde no es tan accesible”.
Contra la hepatitis A, en tanto, la SAGG aconseja la vacunación sólo en personas mayores con factores de riesgo específicos, como tener una enfermedad hepática crónica o hemofilia, o quienes viajan a áreas de mediana o alta endemicidad o son personal de salud de atención pediátrica, entre otras actividades. Para aplicar esta vacuna debe realizarse previamente un análisis de sangre para constatar que la serología de anticuerpos sea negativa.
Con respecto al dengue, la SAGG considera en el Consenso que el uso de vacunas contra esta enfermedad en personas mayores puede ser prometedor, especialmente por el alto riesgo que enfrenta este grupo etario al contraer dengue, pero también advierte que aún no se dispone de la evidencia necesaria para hacer una recomendación a favor o en contra de su aplicación en este grupo etario.
Como conclusión, el Dr. Manzotti afirmó que “hay un rol muy importante del médico, que es la prevención. Dentro de las prácticas preventivas de la consulta anual, que muchas veces se dirigen hacia patologías oncológicas o cardiovasculares, debe formar parte también la valoración de cuáles son las vacunas que el paciente tiene y cuáles le faltan”.
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El presidente de YPF, Horacio Marín, dijo este lunes que las refinerías de la empresa venderán la nafta con un recorte del 4% y el gasoil con una rebaja del 5% a partir de las 00 horas del martes. Sin embargo, el impacto en el surtidor será del 1% y del 2% como resultado del aumento del impuesto a los combustibles y la variación del tipo de cambio.
“La gente va a ver reflejado a partir de las cero horas de hoy que el gasoil hoy en todo el país va a estar 2% menos de lo que está hoy y las naftas 1%”, dijo el ejecutivo.
En declaraciones a Radio Mitre, el número uno de la empresa controlada por el Estado dijo que la rebaja responde a las variaciones en el precio internacional de los combustibles. Y aclaró que la empresa quiere un trato justo con sus clientes, en el sentido de que van a experimentar subas cuando el precio internacional avance y bajas cuando retroceda.
Durante la entrevista, Marín subrayó que esta medida forma parte de un “acuerdo justo” con los consumidores, en el que YPF reflejará las fluctuaciones internacionales del precio del petróleo en el costo final del combustible. “Cuando el precio del petróleo suba, YPF va a subir los precios de los combustibles. Si el precio del petróleo baja, YPF va a bajar los precios de los combustibles. Eso no ocurrió nunca en la Argentina”, afirmó el presidente de la petrolera. Este enfoque busca evitar que tanto la empresa como los consumidores sean subsidiados injustamente, tal como lo aclaró: “YPF no tiene que ser subsidiada, y los consumidores no tienen que subsidiar a YPF”.
Marín también detalló el alcance de esta medida, explicando que la reducción en los precios mayoristas será significativa, pero que los consumidores verán solo una parte de ese ajuste en los surtidores debido a la combinación de impuestos y variaciones en el tipo de cambio. “El esfuerzo de YPF es del 5% en el gasoil y del 4% en la nafta, pero lo que la gente verá reflejado será una baja del 2% y del 1%, respectivamente”, explicó. Este impacto limitado se debe, en parte, al reciente incremento del 1% en el impuesto a los combustibles, que contrarresta parcialmente la rebaja.
En otro momento de la conversación, el ejecutivo aprovechó para agradecer a los usuarios por su fidelidad, especialmente durante los momentos de subas importantes en el precio del combustible. “Quiero agradecer a todos los usuarios y consumidores de YPF por todo este tiempo en que tuvimos que hacer unos aumentos muy importantes, pero la marca continuó con el market share correspondiente”, destacó Marín, resaltando que la empresa sigue siendo un pilar de la distribución de combustible en todo el país.
Marín también se refirió al costo operativo de la empresa y al impacto que las tasas municipales tienen sobre el precio final de los combustibles. Criticó duramente el alto porcentaje de impuestos locales que gravan los precios, al señalar que en algunos municipios estas tasas llegan al 25% del valor final del producto. “Es una tasa municipal que no tiene mucho sentido para el precio de los combustibles. Me parece injusto con los consumidores”, expresó.
Además de la política de precios, el presidente de YPF abordó el futuro de Vaca Muerta y el proyecto con la compañía Petronas. Aunque algunos rumores indican que la empresa malaya podría abandonar el acuerdo, Marín fue tajante al aclarar que la decisión final aún no ha sido tomada. “Petronas tiene hasta noviembre para decidir si continúa o no”, explicó, y enfatizó que la viabilidad del proyecto dependerá de la obtención de contratos de compra de gas en Europa y Asia, mercados donde YPF busca firmar acuerdos en los próximos meses.
Finalmente, Marín confirmó que el gas licuado proveniente de Vaca Muerta será exportado desde el puerto de Río Negro, una decisión basada en razones económicas y logísticas. Esta infraestructura permitirá incrementar significativamente las exportaciones energéticas de Argentina, con la expectativa de generar ingresos de hasta 30.000 millones de dólares para 2030, contribuyendo al objetivo de reducir la pobreza en el país.
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La canciller argentina, Diana Mondino, defendió hoy el acuerdo con Reino Unido para la reanudación del vuelo mensual entre Córdoba y las Islas Malvinas y sostuvo que “la soberanía está resguardada”, al tiempo que busca “tener la mejor comunicación posible” entre el territorio continental y el isleño.
“La soberanía está resguardada. Tenemos la convicción de que las Islas son y serán argentinas; queremos poder tener una relación más fluida”, expresó Mondino tras el acuerdo que suscribió esta semana con su par de Reino Unido, David Lammy.
Se trata de la reanudación de un vuelo proveniente de San Pablo, Brasil, que una vez por mes tendrá una escala en la provincia de Córdoba. Dicho trayecto, que era muy utilizado por los familiares de los soldados caídos en la guerra de Malvinas, se realizó hasta 2028, cuando el gobierno de Alberto Fernández decidió suspender.
“Entre nuestro territorio continental y las Islas queremos tener la mejor comunicación posible”, planteó la canciller en diálogo con Radio Mitre y especificó: “Es una cuestión humana, la soberanía está resguarda. Esto lo iniciamos con un gobierno anterior, conservador, ahora lo seguimos con uno laborista”.
Por su parte, Kirsty Hayes, embajadora británica en Argentina, anunció que se retomará el proceso de identificación de los soldados caídos en la guerra que se libró entre el 2 de abril y el 14 de junio de 1982, cuyos restos permanecen enterrados en Malvinas.
“La gran mayoría de los caídos ya habían sido identificados en proyectos anteriores, pero obviamente para los familiares de los pocos que quedan todavía es un área muy dolorosa. Tuvimos negociaciones sobre este proyecto el año pasado, en febrero, cuando el excanciller decidió abandonar el pacto que estableció esta área de trabajo. Así que es con mucha alegría que estamos empezando este tema”, remarcó en radio Rivadavia.
Tras el acuerdo, Hayes destacó el rol de los isleños durante la visita de los familiares y agregó: “Nuestra posición no ha cambiado, la de Argentina tampoco. Seguirá siendo un tema muy sensible y difícil entre nosotros, pero tenemos muchos intereses en común -admitió- y este anuncio muestra que a pesar de nuestras diferencias podemos hacer causas positivas que son beneficiosas para ambos lados y sobre todo para los más afectados por el conflicto”.
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Uno de los artículos más relevantes del apartado de reforma laboral contenida en la Ley Bases es el que refiere a la posibilidad de que las empresas y trabajadores pueda optar por un sistema indemnizatorio diferente al que establece la Ley de Contratos de Trabajo. Se trata del Fondo de Cese Laboral, creado con el objetivo de que todos los sectores puedan contar con un sistema similar al que hoy rige en el sector de la construcción. Este era uno de los puntos fundamentales que el Gobierno debía reglamentar y que generó bastantes idas y vueltas para que la norma salga con un pleno consenso del sector empresario y el sindicalismo. ¿Qué dice ese artículo de la reglamentación que fue publicada este miércoles por la noche en el Boletín Oficial? ¿Cómo serán a partir de ahora las indemnizaciones por despido?
En primer lugar, se establece que se trata de un sistema alternativo al que rige actualmente y que se debe negociar en el marco de las convenciones colectivas de trabajo. Así quedó establecido en el artículo 6° de la reglamentación, que le otorga “a los empleadores y trabajadores la posibilidad de sustituir la indemnización por antigüedad prevista en el artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 y sus modificatorias, como así también a cualquier otro rubro indemnizatorio cuyo cálculo tome como parámetro a la referida indemnización”.
Otros detalles de este sistema son los siguientes:
El Sistema de Cese Laboral deberá determinar con precisión las causales, hechos y/o condiciones bajo las cuales se le deberá abonar una prestación dineraria al trabajador al extinguirse la relación laboral.
A su vez, deberá definir el monto de los pagos que deban abonarse al trabajador en la contingencia de una relación laboral interrumpida y las modalidades de pago de dicha prestación dineraria. Entre otras alternativas, el Sistema de Cese Laboral podrá vincular los montos y modalidades a distintos parámetros y características de la relación laboral y pactar modalidades de mediación o de resolución en casos de conflicto.
En todos los casos se deberá establecer un tratamiento diferencial en favor del trabajador despedido sin justa causa. Asimismo, el Sistema de Cese Laboral podrá contemplar la utilización de fondos de cese y/o la utilización de seguros colectivos o individuales, para lo cual deberá respetar los requerimientos de la reglamentación.
El artículo 7° de la reglamentación establece que este Sistema de Cese Laboral deberá sujetarse a los siguientes parámetros y principios:
Sustituirá la indemnización por antigüedad prevista en el artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo, como así también a cualquier otro rubro indemnizatorio cuyo cálculo tome como parámetro a la referida indemnización.
En el caso de extinción del contrato de trabajo por mutuo acuerdo, en cuyo marco el empleador acuerde abonarle al trabajador una suma de dinero a modo de gratificación, cualquiera fuera su denominación, dicho pago podrá ser efectuado sobre la base de las metodologías y procedimientos que se establezcan en el Sistema de Cese Laboral, sin perjuicio de cualquier otro pago adicional que las partes acuerden.
En el Convenio Colectivo de Trabajo que corresponda se deberá establecer que, al inicio de una nueva relación laboral, el empleador y el trabajador acordarán si se rigen por algún sistema de cese laboral contemplado en dicho convenio o por el sistema indemnizatorio previsto en la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 y sus modificatorias.
La opción formulada por mutuo acuerdo entre el empleador y el trabajador solo puede ser modificada por acuerdo escrito de ambas partes.
Los Convenios Colectivos de Trabajo podrán establecer múltiples sistemas de fondo de cese, cumpliendo, en cualquier caso, con los requerimientos previstos en el último párrafo del artículo 6° de la presente reglamentación. Nada de lo dispuesto en el presente ni de lo que pudiera acordarse convencionalmente obstará a que puedan coexistir los distintos sistemas en simultáneo.
Los Convenios Colectivos de Trabajo podrán acordar Sistemas de Cese Laboral con condiciones, modalidades y montos diferentes según el tipo y las características de la empresa, actividad o subsector, cumpliendo como mínimo con las condiciones previstas en la presente reglamentación.
El Sistema de Cese Laboral no podrá contemplar el cobro, de forma directa o indirecta, de comisiones, tasas o montos que tengan como beneficiarios o destinatarios a los representantes de los empleadores ni a las asociaciones sindicales.
El pago al trabajador de las sumas resultantes a través del Sistema de Cese Laboral tendrá efecto cancelatorio pleno, total y definitivo de las indemnizaciones a las que sustituyen.
En el caso de relaciones laborales que se hayan iniciado previo a la entrada en vigencia del Sistema de Cese Laboral acordado en el Convenio Colectivo de Trabajo, las partes podrán pactar de mutuo acuerdo el cambio al Sistema de Cese. El Convenio Colectivo de Trabajo podrá determinar un régimen especial para estos trabajadores.
El secretario de Trabajo, Julio Cordero, trabajó con la UIA, que dirige Daniel Funes de Rioja, y la CGT en la reglamentación de la reforma
La reglamentación también estipula, en su artículo 9°, que los Sistemas de Cese Laboral deberán constituirse bajo las siguientes modalidades: a) Sistema de cancelación individual, b) Sistema de Fondo de Cese Individual o Colectivo, y c) Sistema de Seguro Individual o Colectivo.
Según el artículo 11°, el fondo podrá administrarse bajo un Régimen de Cuentas Bancarias de cese laboral; un Régimen de Fondos Comunes de Inversión abiertos de cese laboral; o un Régimen de Fideicomisos Financieros de cese laboral.
El artículo 12°, en tanto, establece: “En caso de ser acordado mediante un Convenio Colectivo de Trabajo, el empleador y el trabajador, con las condiciones que se acuerden, podrán integrar un aporte obligatorio en forma mensual a Cuentas Bancarias especiales de Cese (las “Cuentas Bancarias de Cese”) en reemplazo de la indemnización prevista en el artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 y sus modificatorias, como así también de cualquier otro rubro indemnizatorio cuyo cálculo tome como parámetro a la referida indemnización”.
La clave de esta innovación en materia laboral de la Ley Bases que permitió superar el estricto filtro de la CGT es que se trata de un sistema optativo que se pacta entre empresarios y sindicalistas en los convenios colectivos de trabajo, y, aún así, es de adhesión voluntaria y también permite que los trabajadores no lo acepten y se mantengan dentro del régimen indemnizatorio vigente.
Cuando habló sobre este tema, Sturzenegger se mostró particularmente entusiasmado por su instrumentación: “Es un artículo muy importante porque le permite tanto a los trabajadores como a los empresarios redefinir la naturaleza de la relación laboral en todo lo que atañe a la indemnización, uno de los puntos clave de la incertidumbre laboral y del costo laboral en la Argentina”.