La Legislatura aprobó, en la segunda Sesión Extraordinaria y en cumplimiento con el artículo 137-inc 9 de la Constitución Provincial, la Ley Nº 6.213 de presupuesto de gastos y cálculo de recursos de la administración pública provincial para el ejercicio fiscal 2021.

            El presupuesto, plantea erogaciones por un monto total de 118.138 millones, destinando 103.675 al Poder Ejecutivo, 9.276 a organismos descentralizados, 3.417 al Poder Judicial, 1.318 al Poder Legislativo y 451 millones a otros entes del estado. En términos nominales, el presupuesto 2021 tiene un crecimiento de un 39%, aproximadamente, respecto al aprobado para el ejercicio fiscal 2020. Asimismo, establece un resultado financiero negativo de 9.935 millones, fija la suma de 2.169 millones como importe correspondiente a las erogaciones para atender la amortización de deudas y estima el importe correspondiente a las fuentes financieras en 12.105 millones.

            La norma, sienta las bases en el contexto de incertidumbre y crisis mundial ocasionada por la pandemia del virus COVID-19; por lo tanto, expresa la consolidación de recursos y la asignación de los gastos que permitan garantizar las condiciones de previsibilidad necesaria para recuperar el aparato productivo y, de esta forma, continuar con el proceso de desarrollo provincial. En referencia, el miembro informante, Osvaldo Cuellar, explicó “de esta Ley de Leyes dependen muchas otras que hemos sancionado en la Cámara, de este presupuesto va a depender la aplicación de ellas. La provincia elaboró un proyecto siguiendo algunas pautas nacionales, tratando de ser lo más eficiente, previsible y equilibrado”.

            Para exponer el presupuesto, Cuellar destacó que uno de los ítems esenciales es la lucha contra la violencia de género, para lo cual la provincia destinará un total de 140 millones de pesos. Además, puntualizó “con los niveles de recursos surgidos por las pautas macro, se trató de hacer un presupuesto que pueda llegar a todos los sectores, enmarcándose para seguir con el trabajo que viene haciendo la provincia en el cambio de la matriz productiva. Es una herramienta necesaria para cualquier gobierno”.

            De la misma forma, y en correspondencia con el presupuesto, se aprobó la Ley Nº 6.214 de modificación al Código Fiscal de la provincia y Ley Impositiva para el ejercicio fiscal 2021. En relación a la Ley Impositiva, la modificación propone adecuar los importes fijos y mínimos a las pautas macro fiscales establecidas por Nación, disponiendo un cambio del esquema tributario actual que facilite el cumplimiento de las obligaciones al contribuyente y el control posterior por parte de la administración tributaria. En cuanto al Código Fiscal, en materia de Impuesto a los Sellos, se incorpora en la figura de la defraudación fiscal un apartado para los instrumentos que se encuentran alcanzados y que no son debidamente presentados ante la Dirección de Rentas. Además, en el impuesto sobre Ingresos Brutos, se modifica la base de cálculo para los servicios financieros en consonancia con lo aplicado por la mayoría de las provincias.

 

            También, durante la Sesión, la Cámara sancionó las Leyes Nº 6.212 de paridad de género; Nº 6.215 de licencia por violencia de género; Nº 6.216 de modificación de la Ley provincial Nº 4.294, de delimitación territorial para elecciones municipales; Nº 6.217 de modificación de la Ley Nº 5.897, de creación de juzgados especializados en violencia de género; y Nº 6.218 de régimen de protección de glaciares y ambientes periglaciares.

            La Ley de paridad de género, aprobada por unanimidad, se fundamenta en la necesidad de establecer políticas que garanticen la igualdad real de oportunidades en el seno político. De esta manera, establece la participación en paridad para todo el territorio de la provincia, en todos los cargos electivos de representatividad, tanto para la Cámara de Diputados como para Concejos Deliberantes y cargos de representación política en cuerpos deliberativos e instituciones colegiadas. Al respecto, Susana Haquim, diputada del Frente Primero Jujuy y autora de la iniciativa, explicó “las listas que se presenten deberán conformarse en una distribución igualitaria, ubicando mujeres y varones de manera alternada, desde la primera titular al último suplente. El género se determinará por el Documento Nacional de Identidad y no será oficializada ninguna lista que no cumpla con este requisito”.

            A modo de cierre, Haquim enfatizó “siento hoy una gran responsabilidad y orgullo al presentar esta Ley, este proyecto anhelado y trabajado por las mujeres de Jujuy”. De igual manera, la legisladora destacó que la nueva normativa es un logro de cada una de las diputadas que conforman la Cámara y, también, de todas las integrantes de los movimientos de Jujuy. “

             Por su parte, la Ley Nº 6.215 de licencia por violencia de género, establece licencias para las agentes dependientes de todos los ámbitos del Poder Ejecutivo, entidades autárquicas, organismos descentralizados, empresas y sociedades del estado, Poder Legislativo, Poder Judicial y Tribunal de Cuentas, cualquiera sea el vínculo laboral o la situación que revista, con el fin de posibilitar la recuperación de agresiones, lesiones físicas o emocionales, recurrir a la atención médica especializada o acudir ante las autoridades administrativas, policiales o judiciales, sin necesidad de apelar a otras licencias establecidas y sin poner en riesgo la fuente laboral y de ingresos.

            A propósito, la diputada Gabriela Albornoz señaló “es necesario para dotar a las mujeres de una herramienta más en la lucha contra este flagelo que es la violencia de género. Forma parte de un conjunto de políticas públicas que viene implementando el Poder Ejecutivo para eliminar la violencia de género en todas sus formas. En este sentido, explicó que la licencia tendrá carácter especial y podrá ser solicitada a través de cualquier medio. Se concederá hasta un máximo de veinte días, continuos o discontinuos, prorrogables excepcionalmente por igual periodo. Además, la Ley determina que las condiciones laborales no pueden ser modificadas, salvo a instancia y solicitud de la persona afectada, y su otorgamiento no afectará la remuneración, ni eliminará o compensará aquellas otras licencias a las que se tenga derecho según la legislación vigente.

             En cuanto a la Ley Nº 6.216 de modificación de la Ley provincial Nº 4.294, delimitación territorial para elecciones municipales, la misma tiene como finalidad regularizar la situación que se presenta en la Comisión Municipal de Cusi-Cusi y las personas de su jurisdicción que tienen domicilio en Lagunillas de Farallón y alrededores. Sobre esto, el diputado Alberto Bernis remarcó “hay un error de delimitación en función a los electores que corresponde que voten en Cusi Cusi y votaban en Mina Pirquitas, que es departamento de Rinconada. Venimos a subsanar un error en beneficio de los habitantes”.

 

            En relación a la Ley Nº 6.217, que modifica las competencias de los juzgados especializados en violencia de género, el miembro informante, Ramiro Tizón, detalló “este proyecto formaba parte del paquete que remitió el Poder Ejecutivo para la lucha contra la violencia de género. Concretamente, lo que entiende, es delimitar la competencia, donde se incluye la posibilidad, y se aclara, que, ante el conocimiento de un hecho y medida cautelar, tengan que actuar obligatoriamente, salvo que, fundadamente, establezcan el motivo. En segundo lugar, la importancia es que se incluye dentro de la competencia los delitos de lesiones y femicidios, que hasta ahora no eran competencia de los juzgados de violencia de género. Además, incluimos lo que estaba en otro de los proyectos, que es la creación de la fiscalía especializada en ciberdelitos, que ya venía entendiendo el Ministerio Público de la Acusación, pero no tenía una fiscalía especializada. También, se crea el juzgado especializado en violencia de género que va a trabajar en La Quiaca. Asimismo, se incluye, siguiendo las tendencias que se están generalizando, que es con motivo de agilizar las causas en los tribunales de familia, que los mismos van a funcionar de manera unipersonal; un solo juez será el que inicie y termine con una sentencia”.

 

            Después de ocho horas de debate, la Legislatura Ley aprobada por la Cámara,  Nº 6.218 de régimen de protección de los glaciares y ambientes periglaciares de la provincia, tiene como objeto la protección y preservación de los mismos como reservas estratégicas de recursos hídricos para el consumo humano y para la agricultura, como proveedores de agua para la recarga de cuencas hidrógráficas y como protectores de la biodiversidad. Asimismo, la normativa prohíbe las actividades que puedan afectar la condición natural de estos recursos, que impliquen su destrucción, traslado o interfieran en su avance. En particular, la Ley prohíbe la liberación, dispersión o disposición de sustancias o elementos contaminantes, productos químicos o residuos; la construcción de obras, con excepción de las necesarias para la investigación científica y la prevención de riesgos; la explotación y exploración minera e hidrocarburífera; y la instalación de industrias o desarrollo de obras o actividades industriales.