El Tribunal en lo Criminal Nº 1 condenó a J.O.E.M., a la pena de 9 años de prisión de ejecución efectiva como autor penalmente responsable del delito de “Abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo”, y ordenó su inmediato traslado a la Unidad Penitenciaria que correspondiera.

Además, se le impuso al sentenciado la prohibición de contacto con la víctima por cualquier medio, y la obligación de cumplir con el tratamiento psicológico que solicitó.

Asimismo, los magistrados autorizaron la obtención de los perfiles genéticos del condenado a efectos de su incorporación al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual, una vez firme y consentida la sentencia.

Así lo resolvieron los jueces Dr. Luciano Yapura -presidente de trámite habilitado – y Dra. Felicia Barrios, en el veredicto que fue dado a conocer por la secretaria del Tribunal, Dra. Mónica Checa, ayer, 24 de octubre de 2023.

Los hechos

De acuerdo con la requisitoria de la Fiscalía, el 1 de agosto de 2020, en horas de la madrugada, la víctima, una joven mayor de edad, se encontraba en una vivienda de un barrio cercano al centro de San Salvador de Jujuy, junto a su hermano el imputado J.O.E.M.

En esas circunstancias, el imputado ingresó a la habitación donde se encontraba su hermana y aprovechando que esta se encontraba dormida y en estado de ebriedad la abusó sexualmente.

Alegatos

En los alegatos, el representante del Ministerio Público de la Acusación Dr. Marcelo Cuellar, solicitó la pena de 9 años de prisión para el enjuiciado.

Por su parte, el Dr. Ignacio Pini, quien ejerció la defensa técnica de J.O.E.M., pidió su absolución por el beneficio de la duda.

Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer en el plazo establecido por el Código Procesal Penal de la provincia, a partir de lo cual las partes podrán recurrir ante una instancia superior al Tribunal de juicio.