El Gobierno formalizó el aumento del 41% en las escalas del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, comúnmente denominado monotributo, a partir de julio, a través del decreto 315/2023 publicado este viernes en el Boletín Oficial.

El decreto que formaliza el aumento en las escalas del Monotributo

A partir del 1° de julio, los niveles de facturación en las distintas escalas del monotributo aumentarán un 41,5%, actualizándose también el ingreso máximo que permite estar en el régimen simplificado de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

De esta manera, los ingresos brutos permitidos para estar en ese esquema impositivo, que quedaron retrasados debido a la significativa inflación, llegarían a $7.996.486 para los prestadores de servicios y a $11.379.615 si se trata de contribuyentes dedicados al comercio de bienes muebles.

Durante el 2022, el Congreso aprobó una cláusula que habilita de forma expresa al Poder Ejecutivo a concretar un reajuste semestral, en función de los reajustes por movilidad que hayan tenido las jubilaciones en la primera mitad del año.

Cabe destacar que la cuota mensual no se verá alterada y que este aumento llega ahora, justamente, porque es la etapa del año donde los monotributistas deben recategorizarse, tal como sucede cada seis meses.

MONOTRIBUTO: CÓMO QUEDAN LAS ESCALAS A PARTIR DE JULIO 2023

Los límites de ingresos brutos anuales de cada categoría quedarán de la siguiente manera:

Categoría A: pasa de $ 999.657 a $ 1.414.762

 Categoría B: pasa de $ 1.485.976 a $ 2.103.025

 Categoría C: pasa de $ 1.557.443 a $ 2.080.367

 Categoría D: pasa de $ 2.583.720 a $ 2.944.235

 Categoría E: pasa de $ 3.042.435 a $ 4.305.799

 Categoría F: pasa de $ 3.803.043 a $ 5.382.248

 Categoría G: pasa de $ 4.563.652 a $ 6.458.698

 Categoría H: pasa de $ 5.650.236 a $ 7.996.484

 Categoría I: pasa de $ 6.323.918 a $ 8.949.911

 Categoría J: pasa de $ 7.247.514 a $ 10.257.028

 Categoría K: pasa de $ 8.040.721 a $ 11.379.612