La Comisión de Salud de la Legislatura analiza el proyecto de ley de adhesión a la Ley nacional de ejercicio profesional de la músicoterapia,
y con ese objetivo recibió la visita de un grupo de profesionales que aportaron contenido y opinión respecto a la importancia de regular la actividad.
En ese marco, la presidenta de la Comisión, Dra. Lourdes Navarro, agradeció la visita de las profesionales y comentó que la Ley nacional fue sancionada en el 2015 y en 2016 se cursó su reglamentación. Navarro agregó que la musicoterapia como carrera existe desde 1966 en la Universidad del Salvador, fue la primera universidad a nivel de Sudamérica que instaló la carrera de musicoterapia.
La Diputada, además consideró: “es importante regular el ejercicio de la profesión, que se conozca y justamente todo el trabajo que vienen realizando con todas las personas que necesitan. La músicoterapia es un medio para poder llegar a su reinserción y poder trabajar y aplicar todo el plan terapéutico que necesitan para todas las personas en tratamiento”.
Por su parte, la licenciada en musicoterapia, Isabel Moró, agradeció el interés por parte de los legisladores de la Comisión en conocer con más detalles la temática. Indicó que entre los objetivos que cumpliría la adhesión a la ley es la visibilización de la profesión, actuaría como herramienta para evitar el ejercicio ilegal de la misma, exigiendo una formación de grado, entre otros.
“Hace falta en la provincia darla a conocer mucho más, con la adhesión a la ley nacional la idea es poder generar campos de inserción del profesional musicoterapeuta tanto en lo privado, como en lo público. Hacen falta cargos como existen en muchas otras provincias, queremos que eso suceda aquí en Jujuy. Además, protegernos del ejercicio ilegal de la profesión contra quienes dicen ejercer la musicoterapia sin tener el título habilitante. Esta es una carrera de grado y todo aquel que quiera ejercer esta profesión tiene que tener esa formación”, remarcó la Lic. Moró.
PROYECTO DE LEY DE ADHESIÓN A LEY NACIONAL N° 27.153
El proyecto de Ley de Adhesión a la norma nacional se fundamenta en la necesidad del uso de la música como agente para combatir enfermedades, teniendo en cuenta que la capacidad que tiene de mover al ser humano tanto en el ámbito físico como en el psíquico; y que es ampliamente utilizada para la obtención de objetivos terapéuticos, manteniendo, mejorando y restaurando el funcionamiento físico, cognitivo, emocional y social de las personas.
Entre los considerandos se menciona que las primeras prácticas de musicoterapia comenzaron alrededor de 1948, con la inserción de especialistas en el ámbito de la salud mental junto con el aporte realizado por docentes de dilatada trayectoria en el abordaje de personas con diferentes tipos y grados de discapacidad. Y que a partir del registro de estos logros en la rehabilitación, desarrollo e integración social, que surgió la necesidad de crear una carrera universitaria que forme profesionales en esta materia en Argentina.
Resulta entonces necesario regular el ejercicio profesional de la músicoterapia en la provincia de Jujuy adhiriendo a las disposiciones de la Ley Nº 27.153 y sancionar la normativa local correspondiente de manera de establecer un marco legal brindando una herramienta tanto para la defensa de los derechos, como para la inserción laboral de profesionales que ejercen la musicoterapia en el sistema de salud; a la vez que se dispondrá de mayor control en el ejercicio de la misma al regular la actividad, como así también la posibilidad de establecer acuerdos con prepagas, obras sociales, en beneficio a sus pacientes y reconociendo el valor de las prestaciones acorde a las especialidades.