En línea con esto, aclararon que se tendrá en cuenta todo tipo de naturaleza, es decir, sin importar que el acto hubiera sido cometido de forma individual o colectiva, en lugares abiertos al público o la vía pública, y si la persona señalada iba a pie o desplazándose en un vehículo.

En el caso del inciso f, las autoridades señalaron que ahora también se tendrá en cuenta a quienes hubieran incurrido en “conductas o prácticas violentas, en su traslado desde o hacia un estadio deportivo, en ocasión de un espectáculo futbolístico”. Incluso, se podrá prohibir el ingreso a quien “alterare el orden público o utilizare servicios de transporte de pasajeros no registrados o habilitados por la autoridad competente”.

La actualización también alcanzará a aquellas personas que estuvieran imputadas, procesadas o condenadas por delitos incluidos en la Ley de Narcotráfico N° 23.737. Asimismo, aclararon que estos deberían haber sido cometidos en contextos futbolísticos.